La dispensación de medicamentos veterinarios se hace a través de las oficinas de farmacia legalmente establecidas, tal y como ocurre con los medicamentos de uso humano. Sin embargo, los medicamentos veterinarios también pueden ser dispensados en establecimientos comerciales detallistas autorizados y entidades o agrupaciones ganaderas (para el uso exclusivo de sus miembros); en ambos casos, la dispensación se ha de hacer bajo el control de sus servicios farmacéuticos.
En cuanto a la farmacia comunitaria, el Consejo General ha publicado una guía que recoge aspectos prácticos y procedimientos a seguir en la dispensación, tanto de medicamentos veterinarios, como de aquellos de uso humano que van a ser usados en animales de forma excepcional; asimismo, en esta guía se tratan aspectos relativos al suministro de estos medicamentos desde la farmacia comunitaria directamente a los veterinarios para el ejercicio de su actividad profesional. Todo ello, desde la óptica de la normativa estatal, sin entrar en particularidades autonómicas.
Guía práctica sobre dispensación y suministro de medicamentos de uso animal (CGCOF, 2016)
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